La AFIP oficializó un régimen especial de facilidades de pago para la cancelación de obligaciones impositivas, que permite a las empresas y particulares cancelar impuestos adeudados en hasta 10 años, con un interés del 1,35% mensual, por Resolución General publicada en el Boletín Oficial. Así lo oficializó la Resolución General 3451 publicada en el Boletín Oficial, a través de la cual la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) estableció "un régimen especial de facilidades de pago destinado a la cancelación de obligaciones impositivas". El plan también contempla "los recursos de la seguridad social, cuyo vencimiento de presentación y pago haya operado hasta el 28 de febrero de 2013, inclusive, sus intereses, actualizaciones y multas". Además, incluye "multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el 28 de febrero de 2013, inclusive, por tributos a la importación o exportación, sus intereses y actualizaciones". La AFIP fundamentó que la decisión es "una medida contracíclica conducente al desarrollo estructural de las empresas, a la generación de empleo, al mantenimiento de las fuentes de trabajo y al fortalecimiento del poder adquisitivo de los ciudadanos y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional". Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, y el monto de cada una deberá ser igual o superior a 150 pesos, en tanto que la tasa de interés mensual de financiamiento será de 1,35 por ciento. La adhesión al régimen podrá solicitarse por única vez y hasta el 31 de julio próximo, inclusive.
