ES LEY LA REFORMA PREVISIONAL DOCENTE

Con representantes de los gremios docentes en las gradas, la Cámara alta santafesina aprobó por unanimidad la reforma al régimen jubilatorio docente. Se trata del proyecto que la semana pasada obtuvo media sanción en la Legislatura, y que fue por votación unánime. Entre los puntos más salientes de las modificaciones aprobadas figura la incorporación al régimen opcional docente, la compensación,por exceso de edad con falta de servicios a razón de dos años excedentes de edad por cada año de servicio faltante, como así también la incorporación al régimen opcional docente, la compensación, por exceso de servicios con la falta de edad a razón de dos años excedentes de servicios por cada año de edad faltante. Paralelamente, se aplica en todos sus extremos en el régimen opcional docente lo previsto en el 2° párrafo del artículo 67 de la Ley N° 6915: "las fracciones de tiempo de 6 meses o más, se considerarán como un año entero"; y también a los agentes docentes con treinta (30) o más años de aportes que se incapaciten sin alcanzar la edad prevista en el Régimen Opcional Docente la base del beneficio jubilatorio en el ochenta y dos (82) por ciento del haber en lugar del setenta y dos (72) por ciento actual. El mismo criterio se aplicaría para las pensiones en caso de fallecimiento.